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Exencion Fiscal Para Administradoras De Condominios
Las sociedades que administran cuotas de condóminos para gastos comunes de mantenimiento, reparación y seguros del edificio están exentas del IVA e ISR. Esta exención aplica solo para ingresos específicos de administración condominial.

Alcance de la Exención:Las sociedades mercantiles o civiles constituidas como administradoras de condominios que reciban cuotas de los condóminos para gastos comunes específicos gozan de exención tributaria. Esta exención aplica únicamente para ingresos destinados a:
Administración del condominio
Mantenimiento y reparación del edificio
Pago de servicios generales
Primas de seguros sobre el edificio total
Requisitos:
Estar constituida como Sociedad Mercantil o Civil
Inscripción en los regímenes correspondientes (IVA, ISR)
Los ingresos deben provenir exclusivamente de cuotas condominiales para los gastos mencionados
Fundamento Legal:La exención se basa en que estos ingresos no constituyen hecho generador según las normas tributarias vigentes, al no estar regulados específicamente en la legislación del IVA e ISR.
Guatemala
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